1. historia real


    Fecha: 06/03/2020, Categorías: Anal Autor: coyote999, Fuente: xHamster

    ... entonces mantuve relaciones por detrás y sexo oral, ellos no me obligaron en ningún momento. Yo los denuncio porque el día que mantuve sexo se lo conté a mi mama ya que ella se entera por una amiga mía, porque yo ya se lo había contado a esa amiga, mi mama me obliga a denunciar porque ella no creía que yo había tenido relaciones por detrás y sexo oral. Yo decidí venir ya que yo no quiero hacerme los exámenes, porque yo se lo que hice y lo hice voluntariamente, esos muchachos no me obligaron y me da mucha lastima de lo que pudiera pasar a cada uno de ellos”CAPITULO IIIALEGA LA REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PÚBLICO“…Ahora bien del estudio efectuado a las actas que integran la presente causa se evidencia que se inicia la investigación penal con motivo a la denuncia interpuesta por la adolescente Génesis Joselyn Brito, por la presunta comisión de uno de los delitos CONTRA LAS BUENAS COSTUMBRES Y EL BUEN ORDEN DE LAS FAMILIAS, pero no es menos cierto que de las investigaciones practicadas no existen suficientes elementos para establecer la comisión en cuanto el delito investigado, siendo esta una de las razones que afectan la esencia de la misma del objeto procesal, dado a que la referida victima manifestó lo siguiente: “Yo decidí venir ya que no quiero ...
    ... hacerme los exámenes…”, en lo que se traduce en el desinterés en proseguir con la presente investigación ante la negativa de la practica de la experticia correspondiente (Reconocimiento Medico Vagino-Rectal), el cual pudiera permitir demostrar la comisión del hecho.CAPITULO IVPETITORIOEn virtud de lo antes expuesto este Representación del Ministerio Publico, solicita muy respetuosamente del Tribunal, acuerde el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, de la presente causa, seguida a los adolescentes IDENTIDAD OMITIDA, en cuanto al delito imputado ya que se observa que no fue confirmado de manera efectiva por una experticia de Reconocimiento Vagino. Rectal que demostrara que lo que no permite establecer de manera clara la comisión del presunto hecho punible.CAPITULO VCONSIDERACIONES DEL TRIBUNALPara que haya delito, se requieren las exigencias que lo configuran, es decir, que el hecho ocurrido se presenta como típico, antijurídico y culpable; y el caso es, que de las actas que conforman el presente expediente se desprende que se cometió un hecho punible, CONTRA LAS BUENAS COSTUMBRES Y EL BUEN ORDEN DE LAS FAMILIAS, siendo que ya no se puede ejercer la acción penal para poder enjuiciar a los imputados en estos momentos, ya que no se confirmo la ocurrencia del delito. 
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